2022-09-07
En el día en que se conmemora los derechos cívicos de las mujeres peruanas, aún persisten brechas que limitan su efectiva participación política en cargos de decisión.
En el Día de los Derechos Cívicos de las Mujeres, la Defensoría del Pueblo señaló que se encuentra pendiente la aprobación de la propuesta de protocolo interinstitucional a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) que enfrente el acoso político que sufren las mujeres; así como evaluar la necesidad de mejoras en la Ley n.°31155, que previene y sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política, para contar con su reglamentación, procedimientos y sanciones a nivel del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
En efecto, un aspecto crucial que impide la plena participación política de las mujeres es el acoso político. De acuerdo al JNE, en las últimas elecciones, una de cada dos candidatas manifestó haber sufrido alguna forma de acoso político durante su trayectoria en este ámbito. Además, los principales causantes han sido miembros de su propia organización política (33 %) y de otra organización política (34 %) que participan en el proceso electoral.
“En 2021, se publicó la Ley n.°31155, que sanciona el acoso político contra las mujeres, que establece obligaciones específicas para la prevención y atención de esta forma de violencia de género a cargo de los ministerios de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Educación, Cultura, así como los organismos electorales; gobiernos regionales y locales, y las organizaciones políticas. No obstante, se siguen presentando casos que muchas veces no son denunciados. Es necesario reforzar una cultura de denuncia y tolerancia cero a este tipo de conductas”, precisó Carolina Garcés, adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo.
Otro aspecto limitante continúa siendo el acceso a medios económicos para las campañas electorales de las candidatas, así como su presencia en medios de comunicación. Si bien mediante la Ley n.°31046, se modifica la Ley de Organizaciones Políticas, a fin de establecer el financiamiento público directo y regular los aportes privados, en 2021, se constató que de las 25 personas que utilizaron la franja electoral, solo 5 eran mujeres. Esto porque solo dos eran candidatas a la presidencia, y que la mayoría de las listas al congreso eran presididas por hombres.
Por otro lado, cabe recordar que, dada la poca participación en cargos de elección popular, en el año 2000 se estableció la cuota del 30% en las listas electorales. La Defensoría del Pueblo realizó un balance de esta medida, señalando que, en 21 años de su aplicación, las congresistas no pasaron del 29%; peor aún a nivel regional, provincial y distrital, cuya representación en gobernaciones y alcaldías no pasa del 4 %, y en regidurías provinciales y distritales, del 31 %.
Por ello, ha sido muy importante que, en 2020, mediante la Ley n.°31030, se estableciera modificaciones a la legislación electoral para establecer medidas de paridad y alternancia, tanto en las Elecciones Generales, Regionales, como Municipales. Además, este requisito se debe aplicar en las elecciones internas de las agrupaciones políticas. El resultado de esta medida tuvo un gran impacto en el Congreso del 2021, ya que fueron elegidas 49 mujeres, lo que representa el 38 % del total (130), siendo la cifra más alta en toda nuestra historia. Se encuentra pendiente evaluar el impacto de la aplicación de la paridad y alternancia en las Elecciones Regionales y Locales 2022, a fin de considerar los avances y dificultades en su aplicación práctica, más allá del avance normativo.
En todo este contexto, la Defensoría del Pueblo participó de una reunión con representantes de partidos políticos convocada por la “Mesa de trabajo para promover y garantizar la participación política de las mujeres”, de la cual es parte, a fin de impulsar el compromiso para que estas organizaciones establezcan medidas para la prevención, atención y sanción del acoso político en sus normas internas. Además, se recomendó que se adopte un protocolo de atención y se establezca un órgano colegiado de los partidos para determinar esta responsabilidad.
La institución seguirá desarrollando su labor de colaborador crítico para que las instituciones públicas y las organizaciones políticas cumplan con su deber de promover y garantizar de manera efectiva la participación política de las mujeres.
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Fuente: Defensoría del Pueblo